Monto de Cobertura: HASTA 5 UIT
REQUISITOS:
Persona Jurídica (Centro de Salud)
- Copia certificada de la ocurrencia otorgada por la Policía Nacional del Perú de la
jurisdicción en la que ocurrió el accidente.
- Hoja de liquidación de gastos médicos.
- Historia Clínica y demás documentos que acrediten la efectiva atención del paciente,
tales como las ordenes y/o recetas médicas que sustenten la compra de medicinas y los
resultados de exámenes auxiliares. (Tomografía, ecografía, RX, etc.) (3)
- Original de la factura de los gastos efectuados a nombre del paciente.
Persona Natural
- Copia de DNI del solicitante.
- Copia certificada de la ocurrencia otorgada por la Policía Nacional del Perú de la
jurisdicción en la que ocurrió el accidente.
- Historia Clínica y demás documentos que acrediten la efectiva atención del paciente,
tales como las ordenes y/o recetas médicas que sustenten la compra de medicinas y los
resultados de exámenes auxiliares. (Tomografía, ecografía, RX, etc.) (3)
- Original de los comprobantes de los gastos efectuados a nombre del paciente.
NOTA:
(1) La copia certificada de la denuncia policial será exigible solo
para la primera solicitud de la indemnización, pudiendo incorporar copia simple de la misma
en cada una de las indemnizaciones.
(2) La presentación del certificado de Defunción de la víctima en
original es exigible solo para la primera solicitud de indemnización, pudiendo incorporar
copia simple de la misma para la indemnización complementaria.
(3) Para el caso de incapacidad temporal e invalidez permanente, en
el expediente de gastos médicos debe constar la historia clínica donde conste la incapacidad
temporal o el grado de invalidez permanente derivados del accidente de tránsito.
Monto de Cobertura: HASTA 1 UIT
REQUISITOS:
- Copia de DNI del beneficiario.
- Copia certificada de la ocurrencia otorgada por la Policía Nacional del Perú de la
jurisdicción que ocurrió el accidente.
- Certificado médico original emitido por el médico tratante que indique los días de
incapacidad.
NOTA:
(1) La copia certificada de la denuncia policial será exigible solo
para la primera solicitud de la indemnización, pudiendo incorporar copia simple de la misma
en cada una de las indemnizaciones.
(2) La presentación del certificado de Defunción de la víctima en
original es exigible solo para la primera solicitud de indemnización, pudiendo incorporar
copia simple de la misma para la indemnización complementaria.
(3) Para el caso de incapacidad temporal e invalidez permanente, en
el expediente de gastos médicos debe constar la historia clínica donde conste la incapacidad
temporal o el grado de invalidez permanente derivados del accidente de tránsito.
Monto de Cobertura: HASTA 4 UIT
REQUISITOS:
- Copia de DNI del beneficiario.
- Copia certificada de la ocurrencia otorgada por la Policía Nacional del Perú de la
jurisdicción que ocurrió el accidente.
- Certificado médico original emitido por el médico tratante que indique el grado de
discapacidad.
NOTA:
(1) La copia certificada de la denuncia policial será exigible solo
para la primera solicitud de la indemnización, pudiendo incorporar copia simple de la misma
en cada una de las indemnizaciones.
(2) La presentación del certificado de Defunción de la víctima en
original es exigible solo para la primera solicitud de indemnización, pudiendo incorporar
copia simple de la misma para la indemnización complementaria.
(3) Para el caso de incapacidad temporal e invalidez permanente, en
el expediente de gastos médicos debe constar la historia clínica donde conste la incapacidad
temporal o el grado de invalidez permanente derivados del accidente de tránsito.
Monto de Cobertura: HASTA 1 UIT
REQUISITOS:
- Copia de DNI del solicitante. (1)
- Copia certificada de la ocurrencia otorgada por la Policía Nacional del Perú de la
jurisdicción que ocurrió el accidente.
- Certificado de defunción de la víctima. (2)
- Original de los comprobantes de pago de los gastos de sepelio.
NOTA:
(1) La copia certificada de la denuncia policial será exigible solo
para la primera solicitud de la indemnización, pudiendo incorporar copia simple de la misma
en cada una de las indemnizaciones.
(2) La presentación del certificado de Defunción de la víctima en
original es exigible solo para la primera solicitud de indemnización, pudiendo incorporar
copia simple de la misma para la indemnización complementaria.
(3) Para el caso de incapacidad temporal e invalidez permanente, en
el expediente de gastos médicos debe constar la historia clínica donde conste la incapacidad
temporal o el grado de invalidez permanente derivados del accidente de tránsito.
Monto de Cobertura: 4 UIT
REQUISITOS:
- Copia certificada de la ocurrencia otorgada por la Policía Nacional del Perú de la
jurisdicción que ocurrió el accidente.
- Certificado de defunción de la víctima (original).
- Copia del DNI del familiar que invoca la condición de beneficiario del seguro.
- Copia del Certificado de Matrimonio (en caso el beneficiario sea el/la cónyuge).
- Copia de la Constancia de Inscripción de la unión de hecho en el Registro Personal de la
SUNARP (en caso el beneficiario sea el/la conviviente).
- Copia de la Partida de nacimiento del beneficiario (en caso el beneficiario sea el hijo
o hijos).
- Copia de la Partida de nacimiento de la víctima (en caso el beneficiario sea el padre
y/o la madre de la persona fallecida).
- Declaración Jurada ante un Notario Público que acredite que no existe beneficiario con
mayor prioridad que él, para el pago de la indemnización.
NOTA:
(1) La copia certificada de la denuncia policial será exigible solo
para la primera solicitud de la indemnización, pudiendo incorporar copia simple de la misma
en cada una de las indemnizaciones.
(2) La presentación del certificado de Defunción de la víctima en
original es exigible solo para la primera solicitud de indemnización, pudiendo incorporar
copia simple de la misma para la indemnización complementaria.
(3) Para el caso de incapacidad temporal e invalidez permanente, en
el expediente de gastos médicos debe constar la historia clínica donde conste la incapacidad
temporal o el grado de invalidez permanente derivados del accidente de tránsito.